El 31 de Julio del presente año, el presidente boliviano, Evo Morales, promulgó la Ley Integral Contra La Trata y Tráfico de Personas en un acto oficial en el Palacio de Gobierno.
Esta norma especifica claramente su objeto en el Artículo 1. “La presente Ley tiene por objeto combatir la Trata y Tráfico de Personas y delitos conexos, garantizar los derechos fundamentales de las víctimas a través de la consolidación de medidas y mecanismos de prevención, protección, atención, persecución y sanción penal de estos delitos.”
Rebeca Delgado, Presidenta de la Cámara, informó que en esta ley “se establece la incorporación de los agentes encubiertos y la posibilidad de interceptar y grabar llamadas telefónicas cuando existan fundamentos, indicios y previa autorización jurídica” con el fin de apoyar a las investigaciones.
Al mismo tiempo, recalcó que la norma tiene características integrales en los temas de protección, prevención y persecución.
En su artículo 3, la nueva norma recalca cuatro fines específicos:
“1. Establecer medidas de prevención de delitos de Trata y Tráfico de Personas, y delitos conexos.
2. Implementar y consolidar políticas públicas de protección, atención y reintegración integral, para las víctimas de los delitos de Trata y Tráfico de Personas y delitos conexos.
3. Fortalecer la respuesta del sistema judicial penal contra los delitos de Trata y Tráfico de Personas y delitos conexos.
4. Promover y facilitar la cooperación nacional e internacional para alcanzar el objetivo establecido en la presente Ley.”
Esta ley busca prevenir y sancionar la trata y trafico de personas en el país, sobre todo de mujeres y niños. La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), a través de su Unidad de Género, saluda el avance logrado con la promulgación de la Ley y se une al proceso de difusión de la misma.
Si usted desea puede descargar la Ley 263 “LEY INTEGRAL CONTRA LA TRATA Y TRÁFICO DE PERSONAS” de este sitio (documento proporcionado por el Observatorio de Trata de Personas CECASEM)